Circular
informativa A 285/2005.
Buenos Aires, 22
de marzo de 2005.
Señor:
Gerente
de la Cooperativa
Ref.: DDJJ del
Impuesto a las ganancias.
Cooperativas
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Estimado
cooperador:
Nos dirigimos a Ud. a los efectos de comunicarle que no ha salido
publicada la resolución general de prórroga en el Boletín Oficial del día de
hoy.
No
obstante en la tarde de ayer Coninagro ha recibido un correo del Ing. Omar
Farina de la AFIP, en donde confirma que la prórroga se va a conceder hasta el
11/04/05 para la presentación de la DDJJ y hasta el 22/04/05 para presentar el
formulario de reempadronamiento.
Hay comentarios de que además de la prórroga la nueva resolución
establecería la forma de hacer la liquidación del impuesto.
También hemos tomado
conocimiento que para algunos grandes contribuyentes que presentaron la DDJJ
por internet, la presentación les ha sido rechazada, según dicen por no estar
las entidades exentas inscriptas en el impuesto.
En función de lo descripto, las cooperativas podrían considerar las
siguientes alternativas:
--Presentar la DDJJ en el día de hoy, y si es rechazada guardar el acuse del rechazo que emite la página web. Luego si sale la resolución de prórroga con modificaciones en la forma de liquidar, volver ha hacer la presentación con las adecuaciones que correspondan (el tema del rechazo ya le fue comunicado por mí al Cr. Marcelo Costa de la AFIP). Esta alternativa parecería tener mas resguardo.
--No presentar la DDJJ esperando que salga
oportunamente la resolución de prórroga. Recordamos que la publicación de la prórroga
me fue comunicada por el Cr. Costa y ratificada por e-mail al Lic. Daniel
Asseff de Coninagro por el Ing. Omar Farina.
Cordialmente
Cr Fernando Orecchia