Circular Informativa A-315/2006.

                                                                                       Buenos Aires, 13 de Enero de 2006.

 

Señor:

Gerente de la Cooperativa:

Ref.: Novedades impositivas registradas en la Provincia de Buenos Aires.

Ley Impositiva del año 2006 y modificaciones al Código Fiscal.

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Estimado Cooperador:

 

Nos dirigimos a Ud. a los efectos de informarle que ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires la Ley 13.404 estableciendo los Impuestos y Tasas aplicables durante el año 2006 y algunas modificaciones al Código Fiscal.

A continuación pasamos a mencionar los cambios más relevantes que se han registrado con relación al año anterior:

 

 

Modificaciones registradas en la Ley Impositiva:

 

IMPUESTO INMOBILIARIO

 

1.      El impuesto inmobiliario rural se ve incrementado en la mayoría de los partidos provinciales por la aplicación de un Indice de Productividad elaborado por el Ministerio de Asuntos Agrarios. Los aumentos van del 0% al 120%, de acuerdo a la productividad estimada para cada partido.

 

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

 

1.      Modificación de alícuotas:

 

Código NAIIBB

Descripción

Alícuota 2005

Alícuota 2006

511110

Venta al por mayor en comisión o consignación de productos agrícolas

6%

4,1%

512111

Venta al por mayor de materias primas agrícolas y de la silvicultura

3%

1%

512114

Venta al por mayor de semillas

3%

1%

514934

Venta al por mayor de abonos, fertilizantes y productos agroquímicos

3%

1%

6598

Servicio de crédito n.c.p.

3,5%

5,5%

 

2.      Se prorroga la aplicación de la alícuota del 0,50% para las actividades de Producción y procesamiento de carne y Venta al por mayor de carnes rojas (Matarifes) (Códigos NAIIBB 1511 y 512222). Recordamos que la Disposición Normativa “B” 65/05 estableció con retroactividad la aplicación de la alícuota del 1% para los períodos Julio a Diciembre 2004 y del 0,50% apara los períodos Enero a Diciembre 2005.

 

3.      Se prorroga la entrada en vigencia del último tramo del cronograma de exenciones de actividades dispuesto por la ley 11.518 (Pacto Fiscal) hasta el 01/01/2007.

 

4.      Dispone para el año 2006 el incremento del 30% de las alícuotas correspondientes a las actividades comerciales, industriales y de servicios (no de producción primaria) para aquellos contribuyentes cuyo impuesto determinado durante el año 2005 haya superado los $1.000.000. Recordamos que la aplicación del incremento de alícuotas durante el año 2005 correspondía cuando se hubieran superado los $500.000 de impuesto determinado en el año 2004.

 

Modificaciones registradas en el Código Fiscal:

 

Deroga el penúltimo y último párrafo de los artículos 162 y 165, eliminando de esta manera la opción que las Cooperativas agrícolas y los Acopiadores de productos agrícolo-ganaderos tenían de tributar sobre sus ingresos por ventas.

 

Con esta modificación solo es posible la aplicación de la base imponible especial consistente en la diferencia entre los precios de compra y venta para el caso de los Acopiadores y la no integración de la base imponible de los importes correspondientes a los productores y cooperativas asociadas por la entrega de su producción agrícola, incluyendo el respectivo retorno, para el caso de las cooperativas de primer y segundo grado.

 

Recordamos que el inc. g) del art. 160 del Código Fiscal (incorporado por la ley 13.360) que establece la exclusión del hecho imponible en el impuesto sobre los ingresos brutos para las operaciones realizadas entre las cooperativas y sus asociados, no alcanza a las operaciones de las cooperativas agrícolas en las que sea de aplicación la norma específica establecida por el art. 162 incisos g) y h).

 

 

                                                                        Cordialmente.

 

 

 

 

 

 

                                                                                    Cr. Fernando L. Orecchia