Circular Informativa A 136/99

Buenos Aires, 8 de Noviembre de 1999

 

Señor:
Gerente de la Cooperativa

Ref.: Impuesto al Valor Agregado. Determinación e Ingreso del gravamen. Nuevo sistema aplicativo "IVA – VERSION 3.0". Resolución General 715/99

Estimado cooperador:

Nos dirigimos a Uds. a efectos de informarle que el día 02/11/99 ha sido publicada en el Boletín Oficial, la Resolución General Nş 715/99 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, por la cual se establecen las disposiciones que se deberán observar a fin de cumplimentar las obligaciones de determinación e ingreso del Impuesto al Valor Agregado.

A continuación, pasamos a comentar los aspectos más sobresalientes de esta Resolución General:

1.- SUJETOS OBLIGADOS:

Son sujetos obligados, los fines del cumplimiento de las obligaciones de determinación e ingreso del gravamen, los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado quienes deberán observar las disposiciones que se establecen en la Resolución General de la referencia.

La determinación así como la confección de la respectiva declaración jurada mensual, deberá realizarse con un nuevo aplicativo denominado "I.V.A. – VERSION 3.0".

Este aplicativo, requiere tener preinstalado el "S. I. Ap. – Sistema Integrado de Aplicaciones – Versión 3.0".

Ambos aplicativos, podrán ser solicitados en la dependencia de la A.F.I.P. en donde el contribuyente se halle inscripto mediante la presentación del F 4001 y la entrega simultánea de 8 diskettes de 3,½" HD, sin uso (7 diskettes para el "S.I.Ap." y un diskette para "I.V.A.- Versión 3.0") o bien ser transferida de la página Web (http://www.afip.gov.ar).

2.- VIGENCIA

Las disposiciones de la Resolución General de la referencia serán de aplicación con relación a las presentaciones de las declaraciones juradas y el pago del saldo resultante, de corresponder, que se efectúen a partir del 15/11/1999, inclusive.

No obstante ello, los responsables podrán optar por generar las declaraciones juradas que se presenten hasta el 31/12/1999, inclusive, con los programas aplicativos, versiones 2.0 ó 2.01 como se realiza actualmente, siendo la versión 3.0 que se aprueba por la presente resolución, de aplicación obligatoria a partir del 01/01/2000.

 

3.- REQUERIMIENTOS PARA LA INSTALACION DEL SISTEMA I.V.A. 3.0

Para la instalación de los sistemas aplicativos I.V.A. 3.0 y S.I.Ap. 3.0, se deberá contar con los siguientes elementos:

  1. PC 486 DX2 o superior
  2. Memoria RAM mínima: 16 Mb
  3. Memoria RAM recomendable: 32 Mb
  4. Disco rígido con un mínimo de 5 Mb disponible
  5. Disquetera de 3,½ HD (1.44 Mbytes)
  6. Windows 95 o superior o NT
  7. Instalación previa del "S.I.Ap. – Sistema Integrado de Aplicaciones"

Cordialmente

Cr. Fernando L. Orecchia