Circular Informativa A-160/2000.
Buenos Aires, 31 de octubre de 2000.

Señor
Gerente de la Cooperativa

  • Ref.: IVA. Comercio de Granos. Corredores y operaciones inferiores a $ 10.000 - Comienzo de la vigencia de las modificaciones dispuestas por la RG 880/00
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  • Estimado Cooperador:

    Nos dirigimos a Uds. a efectos de informarles que en el día de la fecha salió publicada en el Boletín Oficial de la Nación la nómina de los Corredores inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores en la compraventa de Granos, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General 880/000 (B.O. 4/8/2000).

    Como consecuencia de ello y tal como se informara mediante Circulares Informativas A 151/2000 (4/8/2000) y 153/2000 (28/8/2000), a partir del 7/11/2000, las operaciones efectuadas con la intervención de corredores que no se encuentren incluidos en dicho Registro tendrán las siguiente consecuencias:

    Recordamos además que a partir del 7/11/2000 también rige la obligación de retener el 21% del IVA en las operaciones de granos inferiores a los $10.000. Esto ultimo no es aplicable al caso en que el vendedor sea un productor agropecuario.

    Cordialmente.

    Cr. Fernando L. Orecchia