Circular Informativa A 163/00
Buenos Aires, 1 de Diciembre de 2000.

Señor
Gerente de la Cooperativa:

Ref.: IVA. Comercio de granos. Operaciones iguales o inferiores a $ 10.000.Prórroga de su aplicación. RG 933/00.

Estimado cooperador:

Nos dirigimos a Ud. a efectos de informarle que mediante Resolución General Nº 933/00, publicada en el Boletín Oficial en el día de hoy, la AFIP ha dispuesto prorrogar hasta el 15/3/2001 la obligación de retener el 21% del IVA en las operaciones de granos -excepto para productores- iguales o inferiores a $ 10.000.

Por otra parte, ratificamos que sí comienza a regir a partir de hoy la obligación de retener el 21% del IVA al vendedor de los granos cuando el corredor no se encuentre inscripto en el "Registro Fiscal de Operadores en la Compra Venta de granos" de la AFIP.

Sin otro particular saludamos a Uds. muy atentamente.

Cordialmente.

Cr. Fernando L. Orecchia