Circular Informativa A – 156/2000
Buenos Aires, 02 de Octubre de 2000

Señor:
Gerente de la Cooperativa

  • Ref.: RG 3803, 100 y 889. Remitos emitidos por responsables inscriptos en el IVA. Su modificación.

Estimado Cooperador:

Por medio de la presente nos dirigimos a Ud. a los efectos de informarle que la A.F.I.P. ha publicado la R.G. 901/2000 (B.O. 29-09-2000), cuya principal novedad es, para los autoimpresores, la extensión del plazo para adecuar los requisitos dispuestos por la R.G. 889 que deben contener los Remitos, hasta el 28-02-2001.

Recordamos que los nuevos requisitos son la letra "R" en sustitución de la "X" y la inclusión en los remitos del Código de Autorización de Impresión y Fecha de Vencimiento.

La R.G. 901 establece la opción de que la numeración de los remitos "R" emitidos por autoimpresores correspondiente a puntos de venta habilitados con anterioridad a su vigencia podra comenzar desde el numero 00000001.

La. R.G. 901 aclara que los remitos X que emitan los sujetos responsables inscriptos en el IVA, utilizando el equipamiento electrónico denominado controladores fiscales, siguen siendo validos siempre que dichos comprobantes revistan el carácter de "Documento No Fiscal Homologado", requisito que ya estaba previsto anteriormente.

Cordialmente

Cr. Fernando L. Orecchia